Decisión Administrativa 623/2015

Fecha de disposición31 Julio 2015
Fecha de publicación12 Agosto 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33191



MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 623/2015

Apruébase contratación en la Secretaría de Salud Comunitaria.

Bs. As., 31/07/2015

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y el Expediente N° 1-2002-25388/14-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9° del Anexo de la referida Ley prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, estableciéndose mediante el artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley citada, las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de ese personal.

Que por la Resolución N° 48/02 de la aludida ex-Subsecretaría se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.

Que en ese marco y en orden a satisfacer necesidades de servicio el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación, por el período comprendido entre el 1° de Marzo de 2015 y el 31 de Diciembre del mismo año, de la Lic. Ana PALAZZESI, a efectos de desempeñarse en el ámbito de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA.

Que el artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios establece que toda contratación, en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, entre otros aspectos.

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, correspondiendo al suscripto disponer su aprobación.

Que se cuenta, con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

—...

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