Decisión Administrativa 591/2019

Fecha de publicación19 Julio 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2017-12212575-APN-SRHYO#SSS, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio; la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 2621 del 10 de septiembre de 2013, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto Nº 355/17 y su modificatorio se dispuso que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que mediante el Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD y ACCIÓN SOCIAL, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nº 2621/13 fueron aprobadas diversas Coordinaciones, entre las que se encuentra, la Coordinación de Compras y Patrimonio dependiente de la Subgerencia de Presupuesto y Contabilidad de la Gerencia de Administración de la Gerencia General.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

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