Decisión Administrativa 378/2009

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición16 de Junio de 2009

Que el Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros, previo dictamen favorable de la Autoridad de Aplicación, podrá autorizar la incorporación de las personas comprendidas en el alcance del inciso f) del artículo reglamentado en las condiciones allí establecidas, a propuesta circunstanciada y fundada del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que por Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal previsto en el Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empelo Público Nacional Nº 25.164 estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que fuera necesario tramitar la contratación de personas comprendidas en los alcances del Artículo 5º, inciso f) del Anexo de la citada ley.

Que los antecedentes curriculares del profesional precitado, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y nivel escalafonario propuesto.

Que el MINISTERIO DE PRODUCCION solicita que se exceptúe a la persona mencionada en el primer considerando de la presente medida del requisito establecido en el Artículo 5º, inciso f) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación.

Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004.

Que la persona mencionada en el presente acto se encuentra exceptuada del cumplimiento de lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGALY TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por no existir reingreso a la Administración Pública Nacional.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIONY NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente...

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