Decisión Administrativa 168/2009

Fecha de publicación23 Abril 2009
Fecha de disposición23 Abril 2009
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31639
Art. 2º

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente decisión, se atenderán con cargo a los fondos provenientes de los Excedentes del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 24.557.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO Nuevas contrataciones (artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo) Apellido y Nombre M.I. Nº Período de Vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de prestación de Servicios TEGLIA Diego Martín 25.249.142 01/07/08 al 31/12/08

Profesional Junior A1 $ 4.160,59.- Departamento de Sumarios AYALA FRANCO María Victoria 18.654.079 25/06/08 al 31/12/08

Profesional Senior A1 $ 6.744,81.- Gerencia de Operaciones GAVIORNO Adriana María 5.662.256 27/06/08 al 31/12/08

Profesional Senior A1 $ 6.756.- Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decisión Administrativa 168/2009

Apruébase una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 15/4/2009

VISTO el Expediente Nº 176.378/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 491, del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 1421 del 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario efectuar la contratación de UNA (1) persona en el PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS en los términos del artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 491/02 y 601/02 se estableció que toda designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, cualquiera sea su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, dispuso que en los casos en que la retribución mensual de dichas contrataciones fuera superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100,00), las mismas serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Que los artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional aprobada por la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los incisos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR