Decisión Administrativa 57. DA-2019-57-APN-JGM

EmisorConsejo Nacional de Investigaciones Cientificas y Tecnicas
Fecha de la disposición31 de Enero de 2019

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

Decisión Administrativa 57/2019

DA-2019-57-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-34440773-APN-GRH#CONICET, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y la Resolución N° 2828 de fecha 9 de agosto de 2013 del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 25.164 se aprobaron los principios que regulan la relación del Empleo Público Nacional.

Que a través del Decreto N° 1421/02 y su modificatorio se aprobó la reglamentación de la citada ley.

Que el inciso a) del artículo 4º del Anexo de la referida ley establece como requisito para el ingreso a la Administración Pública Nacional, ser argentino nativo, por opción o naturalizado, facultando al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante decisión fundada a pedido de la Jurisdicción solicitante, a exceptuar el cumplimiento de tal exigencia.

Que mediante Resolución N° 2828/13 el Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS ha seleccionado al Doctor Iván BRIZ GODINO (D.N.I. N° 95.293.004), de nacionalidad española, y propone su designación como miembro de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico en la Categoría Adjunto.

Que los antecedentes curriculares y académicos del citado profesional acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para ser designado miembro de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico.

Que a fin de posibilitar la designación de Doctor D. Iván BRIZ GODINO (D.N.I. N° 95.293.004) corresponde exceptuar al mismo de lo dispuesto por el inciso a) del artículo del Anexo de la Ley N° 25.164.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDÍCOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo establecido...

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