Decisión Administrativa 161/2009

Fecha de disposición17 Abril 2009
Fecha de publicación17 Abril 2009
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31635

ANEXO I APELLIDO Y NOMBRES DNI Nº NIVEL/GRADO FUNCION PERIODO DE CONTRATACION SALES, Manuel Gregorio 13.850.375 C 5 Asesor Técnico 01/01/2008 al 31/12/2008

OYARZO, Ambrosio Abel 22.104.900 D 6 Asistente Técnico 01/01/2008 al 31/12/2008 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 136/2009

Dase por aprobada la designación del Coordinador Metodológico de Grupos en Foro de Responsables Informáticos en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública.

Bs. As., 8/4/2009

VISTO el Expediente Nº 4941/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de agosto de 2008, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Juan Matías CEREZO, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente de que se trata ya se encontraba vinculado con la Secretaría citada mediante contrato en el marco del artículo 9º del Anexo a la referida Ley Nº 25.164 aprobado por Resolución JGM Nº 10 del 25 de enero de 2008.

Que a partir del 1º de septiembre de 2008 se le han asignado al agente mencionado, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas, por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha indicada precedentemente, a partir de la cual realizó una efectiva prestación de servicios.

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en el considerando precedente.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en el considerando precedente por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que el agente en cuestión reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por su similar Nº 1151/06 a los efectos de su equiparación al Nivel B - Grado 3 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o.

1995).

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que, por otra parte, en el artículo 2º de la norma citada en el considerando precedente, se establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente, solo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada de la persona a contratar, relacionada exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la existencia de los créditos presupuestarios para afrontar el gasto que demande la medida que se tramita.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100,...

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