Decisión Administrativa 563/2022

Fecha de publicación06 Junio 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-106684408-APN-DRRHHYGCIP#JGM, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa N° 403 del 26 de abril de 2021 y las Resoluciones de la Presidencia del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nros. 916 del 11 de diciembre de 2020 y 798 del 10 de septiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa N° 403/21 se adscribió del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al doctor Mariano LOMBARDI, por el período y en los términos de la Resolución del citado Consejo N° 916/20, y se dio por designado transitoriamente al nombrado en el cargo de Director de Asuntos Legales de Innovación Pública de dicha Jurisdicción, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 14 del citado Convenio Colectivo.

Que ante el vencimiento de la referida adscripción, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS solicitó la prórroga de la misma, la que fue concedida a través de la Resolución de la Presidencia del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 798/21, a partir del 16 de octubre de 2021 y por el término de DOCE (12) meses.

Que resulta necesario disponer la prórroga de la referida adscripción del doctor LOMBARDI en los términos de la citada Resolución de la Presidencia del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 798/21 y de la designación transitoria del nombrado en el cargo de Director de Asuntos Legales de Innovación Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la prórroga de la designación transitoria en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por...

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