Decisión Administrativa 537/2015

Fecha de disposición20 Julio 2015
Fecha de publicación28 Julio 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33180



MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 537/2015

Autorízanse contrataciones en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Bs. As., 20/07/2015

VISTO el Expediente N° 124/2015 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la excepción para la contratación de personal, para desempeñarse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N° 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que las personas de que se trata se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el mencionado Sistema Nacional aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, propone la contratación de las personas que se trata, con la finalidad de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que desarrolla para el debido cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.

Que a fin de posibilitar las contrataciones de las personas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones contenidas en el punto II del inciso c) del artículo del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha...

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