Decisión Administrativa 787/2008

Fecha de disposición17 Febrero 2009
Fecha de publicación17 Febrero 2009
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31596

TOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la excepción a las prescripciones del artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, formulada por la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, para contratar, con carácter de locación de servicios al Señor Ezequiel Luciano CRISCUELI (DNI Nº 27.309.491), personal especializado de idoneidad reconocida en materia o disciplinas informáticas.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que el personal referido posee una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para lo cual no se requiere la posesión de título universitario o terciario, resultando imprescindible contar con el servicio del mismo para el eficaz desarrollo de los objetivos del citado Organismo Descentralizado.

Que el personal comprendido en la presente medida ha dado cumplimiento a los requerimientos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y a las disposiciones de la Resolución Conjunta Nº 11 de fecha 7 de marzo de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA.

Que el gasto que demande la contratación del personal comprendido en el Anexo I será atendido con el crédito presupuestario de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, aprobado para el ejercicio 2008 por la Ley Nº 26.337.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01 y por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, entidad descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona que se detalla en el Anexo I de la presente Decisión Administrativa.

Art. 2º

Dase por aprobado el contrato de locación de servicios celebrado entre la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -- ANMAT-- y la persona que se menciona en el Anexo I de la presente medida, por el término, Función, Rango y honorario mensual que se detalla en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR