Decisión Administrativa 721/2008
Fecha de la disposición | 16 de Enero de 2009 |
Que de conformidad con dicho procedimiento, por Decreto Nº 1084/07 fue designado miembro integrante de dicha Comisión el Doctor Francisco José Miguel TALENTO CUTRIN, por un período de CUATRO (4) años a partir del 1 de agosto de 2007.
Que a los efectos de la renovación de sus miembros, el MINISTERIO DE EDUCACION ha propuesto la designación del Doctor Juan Carlos GENEYRO para completar el período de ley correspondiente al miembro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, Doctor Francisco José Miguel TALENTO CUTRIN.
Que el mencionado funcionario cuenta con destacados antecedentes académicos reuniendo las condiciones requeridas por el artículo 47 de la Ley Nº 24.521 para el desempeño del cargo de miembro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y 47 de la Ley Nº 24.521.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Dase por finalizada, a partir de la fecha de la presente medida, la designación del Doctor Francisco José Miguel TALENTO CUTRIN como miembro integrante de la COMISION NACIONAL DE EVALUACIONY ACREDITACION UNIVERSITARIA, establecida en el artículo 1º del Decreto Nº 1084 del 13 de agosto de 2007.
Desígnase miembro integrante de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, a partir de la fecha de la presente medida y para completar el período de ley, al Doctor Juan Carlos GENEYRO (DNI Nº 5.946.425).
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Juan C. Tedesco.
DEciSionES ADminiStrAtivAS MINISTERIO DE EDUCACION Decisión Administrativa 713/2008
Dase por aprobada una contratación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.
Bs. As., 30/12/2008
VISTO el Expediente Nº 804-0282/08 del registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003, 480 de fecha 26 de marzo de 2008, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que los artículos 7º y 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02, rigen respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que mediante la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprueban las pautas de aplicación del Régimen de Contrataciones de Personal de la Ley Nº 25.164.
Que el Decreto Nº 577/03 (texto modificado por el Decreto Nº 149/07) estableció que toda contratación cuya retribución mensual sea equivalente o superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100) será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Que el Decreto Nº 480/08 dispuso que las personas contratadas bajo el régimen establecido por el Decreto Nº 1184/01, cuyos honorarios mensuales fueran de hasta PESOS TRES MIL CUARENTA Y UNO ($ 3.041) deberán ser contratadas, mediante los regímenes de empleo contemplados en el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164, su Decreto reglamentario Nº 1421/02 y normas complementarias.
Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contratación de personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2008, siendo que la misma reúne los requisitos de idoneidad necesarios.
Que se han cumplimentado las previsiones contenidas en los incisos a), b) y c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, como asimismo las prescripciones del artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02 y de la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804 -COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Apruébase la contratación celebrada en los términos del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1421/02, entre la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA y la persona que se detalla en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con las condiciones, categoría escalafonaria y plazo que se consignan en el mismo.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804 -COMISION NACIONAL DE EVALUACIONY ACREDITACION UNIVERSITARIA - Programa 16 -Actividad 02 - Inciso 1 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 1, para el Ejercicio 2008.
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Juan C. Tedesco.
ANEXO I Dependencia Nombre y Apellido DNI Nº Escalafón Nivel y...
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