Decisión Administrativa 652/2008

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2008
Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO DE SALUD.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Sergio T. Massa. -- María G. Ocaña.

ANEXO A LA DECISION ADMINISTRATIVA APELLIDO Y NOMBRE TIPO Y Nº DE DOCUMENTO C.U.I.L.

NIVEL Y GRADO DE REMUNERACION (ESCALAFON SINAPA) DEDIC.

PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA PERIODO DE CONTRATACION: 01/02/2008 al 30/06/2008

PRIGOSHIN, Perla Eugenia DNI 5.290.708 27-05290708-5 B-2 100% MINISTERIO DE EDUCACION Decisión Administrativa 662/2008

Apruébase la modificación de un contrato celebrado en el marco del Decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 18/12/2008

VISTO el Expediente Nº 641/08 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, los Decretos Nros.

1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 67 de fecha 18 de marzo de 2008, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491/02 estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 estableció que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Que el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100) y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique algunas de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de modificación de contrato de la Licenciada Yamila Andrea SAMAÁN, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas, siendo que la misma reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que la consultora propuesta para modificar su contratación presta servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Decreto Nº 1184/01, de acuerdo con lo establecido en la Decisión Administrativa Nº 67/08, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 -MINISTERIO DE EDUCACION.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase la modificación del contrato suscripto entre el MINISTERIO DE EDUCACION y la Licenciada Yamila Andrea SAMAÁN cuyos datos se detallan en la planilla que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida, por el período, categoría y montos indicados en la misma, en los términos del Decreto Nº 1184/01.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO que integra la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Juan C. Tedesco.

ANEXO MINISTERIO DE EDUCACION DEPENDENCIA APELLIDO Y NOMBRE C.U.I.T. DESDE HASTA CATEG.

RANGO DEDIC.

MONTO MENSUAL TOTAL MONTO Prensa y Comunicación UNIDAD MINISTRO (Modifica D.A. Nº 67/08) SAMAAN YAMILA ANDREA 27-22200615-0 01-10-08 31-12-08 CG3 PARCIAL $ 5.953,00 $ 17.859,00

Programa 01 - Actividad 01 - Inciso 1 - Ppal. 8 - Ppcial 7 - Fuente...

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