Decisión Administrativa 583/2008

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2008

Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, en las condiciones, por el período y equiparación escalafonaria indicados en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO DE SALUD.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- María G. Ocaña.

ANEXO A LA DECISION ADMINISTRATIVA Nº 582/2008

APELLIDO Y NOMBRE TIPO Y Nº DE DOCUMENTO C.U.I.L. NIVEL Y GRADO DE REMUNERACION (ESCALAFON SINAPA) DEDIC. RETRIBUCION MENSUAL SEGUN DEDICACION RETRIBUCION TOTAL DEL PERIODO SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION PERIODO DE CONTRATACION: 01/05/2008 al 30/06/2008

HEREDIA,

Ana María DNI 6.399.352 27-06399352-8 B-8 100% $ 4.464,02.- $ 8.928,04. MINISTERIO DE SALUD Decisión Administrativa 583/2008

Dase por aprobado un contrato de locación de servicios celebrado en el marco del decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 3/12/2008

VISTO los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007, la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el Expediente Nº 1-2002-5635/08-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación de la Lic. Da. Anna Mónica Ingrid CERUTTI bajo el régimen de 'locación de servicios' aprobado por el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios.

Que el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación de la persona citada anteriormente, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 del 12 de marzo 2002 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en la contratación...

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