Decisión Administrativa 496/2015

Fecha de disposición13 Julio 2015
Fecha de publicación20 Julio 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33174



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 496/2015

Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 13/07/2015

VISTO el Expediente N° S02:0000086/2015 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, solicita la excepción prevista en el artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a efectos de contratar a diversos agentes.

Que el artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que la complejidad de las misiones y funciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES hace aconsejable fortalecer y complementar su labor, posibilitando la incorporación de las personas mencionadas dado que las mismas reúnen las condiciones adecuadas para las tareas que va a desempeñar.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario a fin de atender el gasto resultante de las contrataciones propuestas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Dase por autorizada a la DIRECCIÓN...

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