Decisión Administrativa 495/2022

Fecha de publicación16 Mayo 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-32749982-APN-DACYGD#AABE y sus Expedientes asociados Nros. EX-2016-1222272-APN-DMEYD#AABE y EX-2021-72005862-APN-DACYGD#AABE, la Ley Nº 22.423, su modificatoria y complementarias, el Decreto N° 1382 del 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios, el Decreto N° 2670 del 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las actuaciones mencionadas en el Visto la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, gestiona la pertinente autorización del PODER EJECUTIVO NACIONAL para disponer y/o enajenar un inmueble perteneciente al dominio del ESTADO NACIONAL, cuyo detalle e identificación obran en el ANEXO que forma parte integrante del presente.

Que por el Decreto Nº 1382/12 y sus modificatorios se creó la mencionada AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y se estableció entre sus objetivos la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso, concesionados y/o desafectados.

Que, en concordancia con ello, el artículo 17 del Anexo al Decreto Nº 2670/15, reglamentario del señalado Decreto N° 1382/12, establece que todo acto de disposición de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL, cualquiera sea su jurisdicción de origen, será centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo que detenta las funciones que la Ley Nº 22.423, su modificatoria y complementarias, atribuía a la entonces SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA, con plenas facultades para disponer, tramitar, aprobar y perfeccionar la venta de inmuebles del dominio privado del ESTADO NACIONAL.

Que, por su parte, el artículo 20 del referido Anexo al Decreto N° 2670/15 y sus modificatorios prevé que el PODER EJECUTIVO NACIONAL autorizará en forma previa a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO para disponer y enajenar bienes inmuebles, conforme lo previsto en los incisos 3 y 7 del artículo 8° del Decreto Nº 1382/12 y sus modificatorios.

Que mediante el referido Expediente N° EX-2016-01222272-APN-DMEYD#AABE tramitó la solicitud efectuada por el ENTE DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL BUENOS AIRES – MORÓN (E.P.I.B.A.M.), tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito de un sector de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE -...

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