Decisión Administrativa 491/2020
Fecha de publicación | 15 Abril 2020 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 13/04/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01998584-APN-SGM#JGM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 423 del 23 de mayo de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por la Decisión Administrativa Nº 423/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que se considera imprescindible proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a de Desarrollo Federal Cooperativo y Mutual de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN COOPERATIVO Y MUTUAL del citado Instituto, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que atento a que el contador CLERI ha alcanzado la edad prevista para acceder al beneficio jubilatorio, resulta necesario exceptuarlo de lo dispuesto por el artículo 5° inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones emergentes de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 5° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
D...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba