Decisión Administrativa 557/2008

Fecha de publicación11 Diciembre 2008
Fecha de disposición11 Diciembre 2008
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31550

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designado Director Titular y Presidente de la EMPRESA DE CARDECISIONES ADMINISTRATIVAS GAS AEREAS DEL ATLANTICO SUD S.A. (EDCADASSA), por las acciones Clase 'A' al Contador Mario Nallib FADEL (DNI Nº 16.015.173), en representación del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA, desde el 4 de febrero de 2008 hasta la fecha de la realización de la Asamblea General Ordinaria que de tratamiento a los Estados Contables cuyo cierre de Ejercicio operará el 31 de diciembre de 2009.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Nilda Garré.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 592/2008

Danse por aprobadas contrataciones de locación de servicios celebradas en el marco del Decreto Nº 1184/01 en la Secretaría de Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 3/12/2008

VISTO el Expediente Nº 2590/2008 y su agregado del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta necesario efectuar las contrataciones a celebrarse bajo el régimen de locación de servicios del referido Decreto Nº 1184/01, de los agentes nominados en los Anexos I y II de la presente medida, cuyas prestaciones resultan indispensables para dar continuidad al cumplimiento de los diversos objetivos asignados a esta Jurisdicción.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente, superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en las contrataciones propiciadas en el Anexo I de la presente decisión administrativa se configura el supuesto previsto en la norma citada precedentemente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que, por otra parte, los agentes incluidos en el Anexo II, que forma parte de la presente, reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas, por lo que se hace necesario exceptuarlos de lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02, acompañando a las presentes actuaciones la documentación detallada en la circular SLyT Nº 4/02.

Que los agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir de las fechas que en cada caso se indican, por lo que procede aprobar sus contrataciones con efectos a esas fechas.

Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de...

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