Decisión Administrativa 454/2022

Fecha de publicación05 Mayo 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-98486069-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0100-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de SEISCIENTOS (600) frascos ampollas del medicamento Asparaginasa Pegilada, para dar cobertura a la población de pacientes sin recursos y con cobertura pública exclusiva que cursan algún tipo de neoplasia y reciben sus tratamientos a través del Banco de Drogas Especiales, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA de la citada Cartera Ministerial.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 8 de noviembre de 2021 se recibió la oferta de la firma SUIZO ARGENTINA S.A. por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($347.400.000).

Que en atención a la diferencia existente entre el precio cotizado y el precio de referencia indicado por el área requirente, se propulsó el mecanismo de mejora de precio en dos oportunidades.

Que, en respuesta, la firma SUIZO ARGENTINA S.A. mejoró su cotización por la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS ($329.223.600).

Que la COMISIÓN ASESORA DE PRECIOS DE COMPRA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS SANITARIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA del MINISTERIO DE SALUD elaboró un nuevo informe de precio informando que la última mejora de precios presentada se encuentra un DIEZ COMA DOS POR CIENTO (10,2 %) por encima del Precio Único de Referencia.

Que, en cuanto a la conveniencia de la adquisición, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA expuso las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican continuar con la referida contratación, contando para ello con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, todas ellas pertenecientes al MINISTERIO DE SALUD.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD...

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