Decisión Administrativa 527/2008

Fecha de disposición27 Noviembre 2008
Fecha de publicación27 Noviembre 2008
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31541

Danse por aprobadas contrataciones de locación de servicios celebradas en el marco del Decreto Nº 1184/01 en la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Bs. As., 13/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0282619/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las contrataciones de las personas que se detallan en los Anexos I a III que forman parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, destinadas a diversas dependencias de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIOY DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que, asimismo, tramita la propuesta de excepción a las prescripciones del Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona mencionada en el Anexo I que integra la presente decisión administrativa.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar los contratos de las personas mencionadas precedentemente.

Que por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01 se estableció que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades, incluidas en el Artículo 1º del mencionado anexo, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.

Que las personas indicadas en los Anexos I a III que acompañan la presente decisión administrativa, han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE...

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