Decisión Administrativa 533/2008

Fecha de publicación25 Noviembre 2008
Fecha de disposición25 Noviembre 2008
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31539

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébanse las contrataciones celebradas entre el MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y los consultores que se detallan en las planillas que, como ANEXO I, forman parte integrante de la presente medida, por los períodos, categorías y montos indicados en las mismas, en los términos del Contrato de Préstamo Nro. 1728/OC-AR.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA para el ejercicio 2008, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO I que integra la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. -- Sergio T. Massa. -- José L. S. Barañao.

ANEXO I RENOVACIONES MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA MINISTERIO DE CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decisión Administrativa 543/2008

Danse por aprobados contratos de locación de servicios celebrados en el marco del Decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 13/11/2008

VISTO el Decreto Nro. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios, Nro. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nro. 601 de fecha 11 de abril de 2002, Nro. 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y Nro. 149 del 22 de febrero de 2007; el Decreto Nro. 21 de fecha 10 de diciembre de 2007 y el expediente Nº 1515/08 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de una serie de Contratos bajo el régimen del Decreto Nro. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción, según las previsiones del Decreto Nro. 21/07.

Que por el artículo 1º del Decreto Nro. 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en las contrataciones propiciadas se configura el presupuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que cada una de las Direcciones y/o Coordinaciones del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han elevado la propuesta de contratación del personal, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados, y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad y ampliación de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2008, siendo que los mismos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en cada caso.

Que las personas comprendidas en la presente medida han dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nro. 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 71 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébanse los contratos encuadrados en las previsiones del Decreto Nro. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, celebrados en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA bajo el régimen del Decreto Nro. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, en referencia a las personas, períodos, categorías y montos indicados en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 71 MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA para el ejercicio 2008.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- José L. S. Barañao.

ANEXO I ALTAS...

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