Decisión Administrativa 529/2008

EmisorMinisterio de Economia y Produccion
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2008

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Asígnase transitoriamente las funciones correspondientes al cargo de Jefe del Departamento de Actuaciones por Infracciones de la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta tanto se proceda a la cobertura del mismo mediante los pertinentes sistemas de selección, al agente del mencionado Departamento, Nivel C, Grado 7, Don Norberto Fermín LOPEZ (M.I.

Nº 4.292.624), a partir de la notificación del presente acto administrativo.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- Julio M. De Vido.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Decisión Administrativa 528/2008

Convalídanse contrataciones destinadas al Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Bs. As., 13/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0327084/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.164 y 26.198, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, y 480 de fecha 26 de marzo de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004 y su modificatoria Nº 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006, 1 de fecha 15 de enero de 2007, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la convalidación de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebradas bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que los Artículos y del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos y 14 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y su modificatoria Nº 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que las personas mencionadas en el Anexo adjunto prestaron servicios durante el período que allí se indica, motivo por el cual el Organismo propiciante procedió a hacer efectivo el pago de las remuneraciones devengadas en dicho período.

Que en consecuencia corresponde convalidar las contrataciones de las personas mencionadas precedentemente.

Que se contó con el crédito necesario en el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, aprobado para el Ejercicio 2007 por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de...

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