Decisión Administrativa 451/2008

Fecha de publicación04 Noviembre 2008
Fecha de disposición04 Noviembre 2008
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31524

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando precedente.

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo, entre otras consideraciones, para el Nivel C la edad de 21 años.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso

c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que a tenor de lo informado por el Director de Administración de Recursos Humanos, Da.

Janett MAEO, ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de junio de 2008, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, en orden a las facultades otorgadas por los artículos 4º inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Publico Nacional Nº 25.164 y 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la referida Ley y a tenor de lo establecido en el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE...

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