Decisión Administrativa 232/2008

EmisorMinisterio de Economia y Produccion
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2008

Que por el Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas y según sean estas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.

Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de los contratos a plazo fijo en los términos del artículo 93 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, suscriptos 'ad referéndum' de la aprobación del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, toda vez que el importe mensual de los mismos supera la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que las personas cuya contratación se propone, reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas del cargo.

Que por Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 223 de fecha 14 de febrero de 2008 se aprobó el Plan de Fortalecimiento Institucional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, cuyas actividades serán financiadas a través del Excedente de Fondo de Garantía.

Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que el Excedente del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 24.557, cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobadas las contrataciones a plazo fijo, en los términos del artículo 93 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y las personas cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones, plazo y montos mensuales allí consignados.

Art. 2º

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, se atenderán con cargo a los fondos provenientes de los Excedentes del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 24.557.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-- Sergio T. Massa. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO Nuevas contrataciones (artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo) Apellido y Nombre M.I. Nº Período de vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de Prestación de Servicios BLANCO, María Cecilia 24.096.777 Desde el 02/06/08 al 31/12/08

Profesional Junior A1 $ 3.723,13 Departamento de Sumarios MASES, Leandro Omar 28.383.124 Desde el 09/06/08 al 31/12/08

Técnico Senior A1 $ 4.000,00 Departamento de Evaluación y Control Institucional MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Decisión Administrativa 232/2008

Danse por aprobadas contrataciones celebradas en el marco del Decreto N° 1184/01.

Bs. As., 14/10/2008

VISTO el Expediente Nº 50.568/2008 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.337, los Decretos Nros. 1184 del 20 de setiembre de 2001, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008 y la Resolución Conjunta Nº 11 del 7 de marzo de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha elevado la propuesta de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001, al solo efecto de posibilitar las contrataciones de las personas mencionadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, cuyos servicios resultan indispensables para el debido cumplimiento de los objetivos fijados y el adecuado funcionamiento del organismo.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del mencionado organismo, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar las excepciones y contratos del personal mencionado en el Anexo que acompaña a la presente decisión...

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