Decisión Administrativa 1093/2012

Fecha de disposición02 Noviembre 2012
Fecha de publicación09 Noviembre 2012
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 2/11/2012

VISTO el Expediente 0000991/2012 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, las Leyes Nros. 25.164 y 26.728, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006 y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y las Decisiones Administrativas Nros. 506 del 2 de diciembre de 2009 y 1 del 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506 del 2 de diciembre de 2009 se aprobaron las normas para tramitar la autorización para la cobertura de cargos vacantes mediante la convocatoria a los procesos de selección del personal permanente del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que de acuerdo a las normas citadas precedentemente, la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES solicita se la exceptúe de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en dicho Sistema.

Que según surge de la copia del acta agregada a las actuaciones mencionadas en el Visto, el COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL creado por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 506/09, determinó la cantidad de cargos vacantes disponibles que serán autorizados para su cobertura.

Que atento la importancia de las funciones asignadas a los cargos solicitados, resulta imperiosa la cobertura de los mismos.

Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.

Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer...

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