Decisión Administrativa 1069/2012

Fecha de disposición29 Octubre 2012
Fecha de publicación01 Noviembre 2012
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 29/10/2012

VISTO el Expediente Nº 37352/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 1382 de fecha 9 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto citado en el VISTO se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que, con el fin de perfeccionar el uso de los recursos públicos e incrementar la calidad de la acción estatal, corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas, así como racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública.

Que para cumplir con lo precitado resulta procedente aprobar la estructura organizativa del primer nivel operativo de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ajustada a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el inciso 12 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorios.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º

— Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º

— Facúltase al Titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO a aprobar las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente Decisión Administrativa, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que deberá prever como máximo CUARENTA Y CUATRO (44) cargos de conducción.

Art. 3º

— Facúltase al Titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación, de conformidad con las respectivas leyes de presupuestos vigentes.

Art. 4º

— El gasto que demande la aplicación de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5º

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia con el alcance previsto en el Título VI de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias y modificatorias.

ACCIONES:

  1. Elaborar el Planeamiento General de la Auditoría y obtener su aprobación.

  2. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer normas y sistemas de control interno y efectuar su seguimiento.

  3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos.

  4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

  5. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información.

  6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que correspondan.

  7. Realizar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones efectuadas.

  8. Actuar coordinadamente con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

    AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

    DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Desarrollar las funciones inherentes a su calidad de Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA.

    Asistir a la AGENCIA en las actividades que hacen al objeto de la...

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