Decision Administrativa 250/2008

EmisorDireccion Nacional de Migraciones
Fecha de la disposición30 de Junio de 2008

DECISIONES ADMINISTRATIVAS DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decisión Administrativa 250/2008

Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores. Créase el cargo de Subdirector Nacional.

Bs. As., 25/6/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0014145/2005, Cuerpos I, II, III y IV, del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.871, y Ley Nº 26.337 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008 y los Decretos Nº 1659 de fecha 27 de diciembre de 1996 y Nº 21 del 20 de diciembre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1659 de fecha 27 de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que dicho organismo es la autoridad de aplicación de la Ley Nº 25.871 mediante la cual se fijaron las líneas políticas fundamentales y las bases estratégicas en materia migratoria.

Que en los últimos años la temática migratoria ha cobrado una significativa importancia en la agenda internacional.

Que en ese sentido nuestro país está redefiniendo su política migratoria nacional, situación ésta que requiere acciones inmediatas por parte de la administración a fin de dotar a dicha autoridad de aplicación de los recursos humanos necesarios para dar cumplimiento a su accionar.

Que en este orden de ideas es procedente una nueva conformación organizativa, así como la ampliación de su dotación de cargos, incluyendo en ésta la presentación de las unidades de primer y segundo nivel operativo y las aperturas inferiores, dado que la actual resulta insuficiente para cumplir las tareas técnicas y administrativas necesarias que permitan alcanzar, con criterios de eficacia y eficiencia, los objetivos estratégicos impuestos a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES por la normativa vigente.

Que se torna necesaria la creación del cargo de Subdirector Nacional de Migraciones, con el fin de evitar la dispersión funcional de las diferentes temáticas que se originan en virtud de la multiplicidad de asuntos a tratar.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el inciso 1 del artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo al Organigrama, Objetivos, Responsabilidades Primarias y Acciones, así como su Dotación Global --Planta Permanente y Planta no Permanente--, las que como ANEXOS I, II, Illa, Illb y IIIc forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

Art. 2º

Créase el cargo de Subdirector Nacional de Migraciones, el que revestirá carácter extraescalafonario, con remuneración equivalente al Nivel A Grado O y Nivel de Función Ejecutiva I, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) aprobado por el Decreto Nº 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995).

Art. 3º

Facúltase al Director Nacional de Migraciones, para modificar, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Anexo de Dotación que se aprueba a través de la presente medida, a los efectos de incorporar los cargos financiados que se aprueben en las sucesivas Leyes de presupuesto.

Art. 4º

Facúltase al titular de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a aprobar en lo sucesivo, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las modificaciones que pudieran efectuarse a la estructura organizativa en su segundo nivel operativo y aperturas inferiores.

Art. 5º

Modifícase la distribución administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional --Recursos Humanos-- para el presente ejercicio de acuerdo al detalle obrante en planilla Anexa al presente artículo.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto A. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES PRIMERA APERTURA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.436 4Lunes 30 de junio de 2008

DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL TECNICA-JURIDICA DIRECCION DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y SOCIALES DIRECCION DE DELEGACIONES DIRECCION DE SISTEMAS DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES OBJETIVOS 1. Fiscalizar el cumplimiento de las normas migratorias vigentes estableciendo los procedimientos inherentes a su aplicación.

  1. Entender en el control migratorio relativo al ingreso y egreso de personas por vía terrestre, marítima, fluvial y aérea en los lugares habilitados en todo el Territorio Nacional.

  2. Intervenir en la admisión de extranjeros en todo el Territorio Nacional estableciendo los controles que aseguren la correcta documentación de aquellos a quienes corresponda su permanencia en el país, fiscalizando el cumplimiento de las normas migratorias vigentes.

  3. Entender en todos los asuntos de contenido migratorio vinculados a la aplicación de la política internacional establecida por el Estado, incluyendo aquellos referidos a los argentinos en el exterior, así como en los temas de contenido social migratorio.

  4. Asumir la representación y patrocinio del Estado Nacional en los juicios correspondientes a la Jurisdicción.

    Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.436 5Lunes 30 de junio de 2008

  5. Entender en la administración de los recursos humanos, y de los bienes e instalaciones pertenecientes al Organismo.

  6. Entender en la proyección anual del presupuesto de gastos y cálculo de los recursos del Organismo.

    ANEXO II UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Entender en la planificación, programación y ejecución de las tareas de auditoría y de control contributivo que permitan lograr un sistema integral e integrado de control basado en los criterios de economía, eficiencia y eficacia, orientadas al análisis de la gestión presupuestaria, económica, financiera, patrimonial, normativa y operacional.

    ACCIONES 1. Ejecutar las acciones determinadas por la Ley Nº 24.156, sus normas reglamentarias y complementarias y las instrucciones de la Sindicatura General de la Nación.

  7. Elaborar el Plan General y Planes Anuales de la Unidad y los informes sobre actividades desarrolladas con las recomendaciones y observaciones que corresponda.

  8. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer el sistema de control interno y su seguimiento.

  9. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicable y a los niveles presupuestarios correspondientes.

  10. Asesorar al Director Nacional sobre los sistemas y procedimientos que resulten convenientes aplicar o modificar en la organización, como asimismo efectuar recomendaciones respecto de los desvíos que se detecten.

  11. Poner en conocimiento de la Autoridad Superior y de la Sindicatura General de la Nación los actos que hubiesen acarreado o se estimen puedan acarrear significativos perjuicios sobre el patrimonio de la Dirección Nacional.

  12. Producir información integral e integrada sobre la gestión de las distintas áreas, analizando el cumplimiento de las políticas, planes, metas y objetivos establecidos para la Jurisdicción.

    AUDITORIA ADJUNTA CONTABLE ACCIONES 1. Intervenir en la elaboración del Plan General de Auditoría y Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

  13. Programar anualmente las tareas del área, específicamente las relativas a los aspectos administrativos, contables, financieros y presupuestarios, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

  14. Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno.

  15. Elaborar los programas de trabajo y cuestionarios de control interno.

  16. Evaluar los sistemas de registración contable, financiera y presupuestaria y realizar auditorías referidas a los procesos de recaudación, gestión de las contrataciones y resguardo de los activos.

  17. Evaluar el sistema de control interno de las áreas involucradas.

  18. Efectuar el análisis de los Estados Contables, Financieros y Presupuestarios del Organismo.

  19. Producir informes de Auditoría Contable y elevarlos a consideración del Auditor Interno, formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes.

  20. Colaborar interactivamente con los otros responsables de auditoría cuando el estudio de los temas en análisis merezcan opiniones consensuales.

  21. Asesorar a las distintas áreas del Organismo en las materias que le son propias.

  22. Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, el grado de intensidad de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas por parte del Organismo.

  23. Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.

    AUDITORIA ADJUNTA OPERATIVA ACCIONES 1. Intervenir en la elaboración del Plan General de Auditoría y Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de...

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