Decisión Administrativa 536/2012

Fecha de disposición17 Julio 2012
Fecha de publicación26 Julio 2012
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 17/7/2012

VISTO el Expediente Nº 9429/11 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, el Contrato de Préstamo Nº 2424/OC-AR suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, 270 del 3 de marzo de 2011 y 1318 del 29 de agosto de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 270/11 aprobó el modelo de Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA, PROMEDU II.

Que dicho instrumento designa a la DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION y a la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como Organismos Ejecutores del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA, quedando facultados para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el modelo de contrato.

Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar la estrategia educativa de la REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de actividades que contribuyan con la política de equidad educativa en los niveles inicial, primario y secundario; mejorar la retención y graduación en el nivel secundario y la expansión y el mejoramiento de la infraestructura educativa.

Que el Decreto Nº 491/02 estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 determina que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los contratos de locación de servicios celebrados por proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral.

Que el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios establece que...

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