Decision Administrativa 113/2008

Fecha de disposición23 Abril 2008
Fecha de publicación23 Abril 2008
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31390

Convalídanse contrataciones celebradas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, administración desconcentrada en el ámbito de la Secretaría de Política Económica, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164 y su reglamentación.

Bs. As., 22/4/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0170467/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.164 y 26.198, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, y 2031 de fecha 28 de diciembre de 2006, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004 y su modificatoria Nº 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006, 1 de fecha 15 de enero de 2007, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la convalidación de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebradas bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que los Artículos y del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos y 14 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y su modificatoria Nº 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que las personas mencionadas en el Anexo adjunto prestaron servicios durante el período que allí se indica, motivo por el cual el Organismo propiciante procedió a hacer efectivo el pago de las remuneraciones devengadas en dicho período.

Que en consecuencia corresponde convalidar las contrataciones de las personas mencionadas precedentemente.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que se contó con el crédito necesario en el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, aprobado para el Ejercicio 2007 por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007 y sus modificatorias, a fin de atender el gasto resultante de los contratos alcanzados por la presente medida, de conformidad con lo indicado en el Anexo respectivo.

Que la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Convalídanse las contrataciones con relación de empleo público celebradas, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, con las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, destinadas al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, conforme al nivel escalafonario, grado y plazo que en cada caso...

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