Decisión Administrativa 377/2015

Fecha de disposición19 Junio 2015
Fecha de publicación26 Junio 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33159



MINISTERIO DE CULTURA

Decisión Administrativa 377/2015

Autorízase contratación en el Teatro Nacional Cervantes.

Bs. As., 19/06/2015

VISTO el Expediente N° 498 del 3 de octubre de 2013 del Registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES, Organismo Autárquico en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN actual MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto el TEATRO NACIONAL CERVANTES solicita la contratación de la señora Silvina Fabiana RODRÍGUEZ (D.N.I N° 20.619.360) equiparada a un Nivel B Grado 0 del SINEP con función de Asesora de Dirección General, bajo el régimen del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación.

Que sin perjuicio de que la señora RODRÍGUEZ no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el acceso al nivel B, en el Capítulo III, del Título II, del Anexo al Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.

Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple el TEATRO NACIONAL CERVANTES, es necesario autorizar a dicho organismo a contratar a la señora RODRÍGUEZ.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Autorízase al TEATRO...

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