Decisión Administrativa 346/2019

Fecha de publicación03 Mayo 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorSECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
undefinedCiudad de Buenos Aires, 02/05/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-52291992-APN-DCYCMS#MSYDS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 69/18 destinada a la adquisición de SEIS MIL (6.000) frascos ampolla de Palivizumab por CIEN (100) miligramos, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado “COMPR.AR”.

Que del Acta de Apertura de fecha 22 de noviembre de 2018 surge la presentación de la oferta de la firma ABBVIE S.A. por un monto total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 159.821.880).

Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL recomienda la adjudicación de la oferta citada, considerando el cumplimiento de las bases que rigieron el llamado, éstos evaluados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA del citado organismo.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que mediante la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL N° 651 de fecha 11 de abril de 2019, se aprobó el procedimiento de selección cumplido respecto de la contratación directa por exclusividad N° 69/18 autorizada por la Resolución N° 921 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la citada Secretaría.

Que los Servicios Jurídicos competentes de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus...

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