Decisión Administrativa 1271/2011

Fecha de disposición24 Noviembre 2011
Fecha de publicación29 Noviembre 2011
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 24/11/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0290083/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, 919 de fecha 28 de junio de 2010 y la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de convalidación de la contratación del consultor que se detalla en el Anexo, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida, quien se desempeñó en el Proyecto PNUD ARG/08/024, “Asistencia Técnica para la Formulación de un Programa de Fortalecimiento Institucional Regional - Provincial de la Política Comercial Externa - PFIRPPCE, incluyendo la asistencia en la etapa preparatoria para la negociación del financiamiento por parte del BID”, ejecutado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas de la Secretaría citada en el considerando precedente, resulta necesario convalidar la contratación del consultor indicado en el Anexo, que forma parte integrante de la presente medida, cuyos servicios resultaron imprescindibles en el área en donde se desempeñó.

Que el personal involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado del cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION por no existir reingreso a la Administración Pública.

Que por el Artículo 4º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500.-).

Que en la convalidación de la contratación que se propicia se configura el supuesto previsto en el considerando precedente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que se ha contado con el crédito necesario en la ex Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, aprobado por la Ley Nº...

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