Decisión Administrativa 1094/2011

Fecha de disposición21 Octubre 2011
Fecha de publicación27 Octubre 2011
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32264

Bs. As., 21/10/2011

VISTO el Expediente N° S02:0009277/2011, del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias, aprobado por Decreto N° 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorias, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley N° 25.164, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9°, inciso b) del mencionado régimen determina, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, que procede considerar el período comprendido entre el 1° de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.

Que a su vez, el inciso c) de dicho artículo establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al período siguiente por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no previendo que por esa causa se pueda aplazar la concesión de la licencia por más de un año.

Que, en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, se presenta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas a este año sus licencias anuales ordinarias correspondientes al año 2009.

Que la dependencia aludida se encuentra en estos momentos en la etapa de satisfacer el cumplimiento de objetivos esenciales en sus áreas de actuación.

Que, por tales razones, resulta inconveniente, para la atención normal de sus servicios, que se acuerde, antes del 30 de noviembre de 2011, el uso de las licencias devengadas el mencionado año.

Que, ante esa situación y a fin de no dañar derechos incuestionables, corresponde facultar a la autoridad competente de ese organismo para disponer la transferencia de las licencias tratadas al margen de las normas generales en vigor.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE...

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