Decisión Administrativa 32/2015

Fecha de la disposición19 de Febrero de 2015



AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Decisión Administrativa 32/2015

Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpóranse cargos.

Bs. As., 19/2/2015

VISTO el Expediente N° 640/2014 del registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la Ley N° 27.008 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 19 de enero de 2015, el Decreto N° 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios.

Que a través del Artículo 9° del Decreto N° 1.382/12, sus modificatorios y complementarios, se estableció que la conducción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS estará a cargo de UN (1) Presidente, con rango y jerarquía de Secretario y de UN (1) Vicepresidente, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que en esta instancia y en atención a la naturaleza de sus cometidos, resulta necesario incorporar al Presidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con carácter de excepción, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar al Vicepresidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con carácter de excepción, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Presidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL...

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