Decisión Administrativa 318/2019

Fecha de publicación25 Abril 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
VISTO el Expediente N° EX-2018-35083506-APN-DCCYRL#MP, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 10 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud del MINISTERIO DE HACIENDA, relativa a la transferencia a la DIRECCIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS de la SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de dicha Jurisdicción de la agente de la planta permanente de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Da. Alejandra CASTIGLIONI (M.I. N° 22.608.112), quien revista en UN (1) cargo Nivel C, Grado 10, Agrupamiento Profesional, Tramo Avanzado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en virtud de ello, teniendo en cuenta el actual contexto de restricción del gasto público y con el fin de no generar incrementos en las partidas presupuestarias correspondientes al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 10 de enero de 2019, se procede a transferir a la agente en cuestión a la planta permanente del MINISTERIO DE HACIENDA, lo que conlleva también su cargo y oportunamente su respectivo crédito presupuestario.

Que la mencionada agente, ha prestado su conformidad a dicha transferencia, señalando que ello no le ocasiona menoscabo moral ni económico.

Que la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes de las Jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades contempladas en el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 15, inciso b), apartado IV, del Anexo I del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

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