Decisión Administrativa 310/2015

Fecha de disposición09 Junio 2015
Fecha de publicación15 Junio 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33150



MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 310/2015

Autorízase contratación en la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Bs. As., 9/6/2015

VISTO el Expediente N° E-SENAF-6494-2014 del registro de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto, tramita la propuesta de enmienda al contrato de prestación de servicios aprobado por la Resolución Ministerial N° 127/14 de la persona que se detalla en el Anexo I de la presente medida, Señor Pablo César ARCE (DNI N° 27.815.376), a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establecen las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, en relación con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente de la Jurisdicción.

Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N° 2098/08 prevé para el acceso al Nivel Escalafonario B la posesión de título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años, y a la función o puesto a desarrollar, o título atinente de nivel terciario o universitario de carreras de duración no inferior a TRES (3) años.

Que el Señor Pablo César ARCE no reúne los requisitos previstos en el Artículo 14 del Anexo al Decreto N° 2098/08 que homologa el CONVENIO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR