Decisión Administrativa 634/2011

Fecha de disposición20 Julio 2011
Fecha de publicación20 Julio 2011
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32195

Miércoles 20 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.195 11 MINISTERIO DE SALUD Decisión Administrativa 635/2011

Danse por aprobadas contrataciones en la Administración de Programas Especiales.

Bs. As., 18/7/2011

VISTO el Expediente N'º' 412.457/10 de la Administración de Programas Especiales, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 reglamentada por el Decreto N'º' 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SSGP N'º' 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto N'º' 2098 del 3 de diciembre de 2008,y CONSIDERANDO:

Que por el artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SSGP N'º' 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de varias personas para desempeñarse en la Subgerencia de Informática de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que los agentes de que se trata, según surge de los actuados, se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artÃculo 9'º del Anexo l del Decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'º' 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C y B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de los agentes propuestos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.

Que a fin de posibilitar la contratación de dichas personas corresponde exceptuar a las mismas de lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º del Anexo I al Decreto N'º' 1421/02.

Que los agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 4 de agosto de 2010 por lo que procede solicitar dicha excepción a partir de dicha fecha y hasta el 31 de diciembre de 2010.

Que la financiación de la contratación que por la presente se propicia será atendida con cargo a la partida especÃfica de los créditos presupuestarios asignados a la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, organismo descentralizado y actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º' 26.546.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artÃculo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º â Danse por exceptuados...

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