Decision Administrativa 342/2007

Fecha de disposición17 Agosto 2007
Fecha de publicación17 Agosto 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31220

Que las jurisdicciones correspondientes en razón de la materia han tomado la intervención que les compete en función de lo previsto en el Artículo 4º del ANEXO I del Decreto Nº 966/2005, habiendo emitido los informes circunstanciados allí exigidos.

Que en ese sentido se ha expedido el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES (OCCOVI) organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, manifestando que esta etapa de análisis permite concluir que la propuesta presentada es sumamente importante y necesaria para beneficio de los usuarios de la Ruta Nacional Nº 7, ya que mejora notablemente la capacidad de la vía y la seguridad vial, sugiriendo la inmediata declaración de Interés Público para esta Iniciativa Privada.

Que por su parte, la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD (DNV) organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, considerando los niveles de servicios estimados y de tránsito medio diario anual registrados en el año 2006, en el tramo de la ruta en estudio y la alternativa presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD ANONIMA, concluyó que la propuesta no presenta objeciones técnicas.

Que, sin perjuicio de que las características precisas del proyecto de referencia, serán definidas en la instancia administrativa propia del procedimiento de selección del contratista que oportunamente se lleve a cabo, la propuesta resulta acorde con la política de desarrollo de la economía encarada por el ESTADO NACIONAL.

Que la iniciativa presentada abre la posibilidad de importantes inversiones a riesgo empresario en el desarrollo de proyectos de infraestructura, con la generación de altos beneficios para la sociedad en su conjunto.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL determinar la incorporación de la propuesta --por su envergadura e interés-al Régimen de Iniciativa Privada que establece el Decreto Nº 966/2005.

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, es la Autoridad de Aplicación e interpretación del Decreto Nº 966/2005, conforme lo dispuesto por el Artículo 6º de la citada norma.

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99

Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Declárase de Interés Público, en el marco del Régimen Nacional de Iniciativa Privada establecido por el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto de la propuesta presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD ANONIMA, consistente en la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 7, comprendido entre las ciudades de LUJAN y JUNIN, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada: 'AUTOVIA LUJAN - JUNIN'.

Art. 2º

Reconócese a la Empresa HOMAQ SOCIEDAD ANONIMA como autora de la iniciativa privada de la propuesta referida en el artículo anterior, los derechos previstos en los artículos 8º, 9º y 10 del ANEXO I del Decreto Nº 966/2005.

Art. 3º

Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, a proseguir con el procedimiento de acuerdo al Artículo 6º del ANEXO I del Decreto Nº 966/2005...

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