Decision Administrativa 307/2007

Fecha de disposición27 Julio 2007
Fecha de publicación27 Julio 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31205

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia del título universitario o terciario y la edad de 25 años.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas en cada caso y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso

c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que, el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2007, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.198.

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la Constitución Nacional, el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada con efectos al 1º de abril de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, la contratación en el ámbito de la SUBSECRETARIADE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D. Santiago Ignacio BARASSI BUGNARD (DNI.

Nº 33.403.367), para desempeñar funciones de Asesor en la citada Subsecretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (Decreto Nº 993/91 t.o. 1995) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 48/02.

Art. 2º

La contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164.

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