Decision Administrativa 301/2007

Fecha de disposición27 Julio 2007
Fecha de publicación27 Julio 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31205

Que, asimismo, esa asesoría manifestó que no se advirtieron en la petición interpuesta elementos de juicio que pongan de manifiesto irregularidades que, desde el punto de vista jurídico, tornen procedente dejar sin efecto o, eventualmente, modificar la clasificación y el orden de mérito discernidos.

Que el SERVICIO JURIDICO PERMANENTE del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 294 de la Reglamentación para el Ejército de la Ley para el Personal Militar,

Tomo II 'Reclutamiento y Ascensos' (texto según Decreto Nº 537 del 3 de abril de 1991), y en virtud de las facultades emergentes del artículo 99 inciso 12 de la CONSTITUCION NACIONAL corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL el dictado de la medida de que se trata.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Recházase por improcedente el reclamo en grado de insistencia formulado por el Coronel de Infantería 'VGM' D. Carlos Daniel ESTEBAN (D.N.I. Nº 11.303.566) debiendo pasar a situación de retiro obligatorio.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- KIRCHNER. -- Nilda Garré.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DEL INTERIOR Decisión Administrativa 301/2007

Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 24/7/2007

VISTO el Expediente Nº S02:0005029/2007 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002, modificado por su similar Nº 1196 del 5 de julio de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y el Decreto Nº 2031 del 28 de diciembre de 2006, modificados por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que específicamente, por el Decreto Nº 601/02 y su modificatorio Nº 1196/02 se estableció, entre otros extremos, que las disposiciones de su similar Nº 491/02 resultan aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que posteriormente, por el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Nº 149/07, con el fin de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR