Decision Administrativa 259/2007

Fecha de disposición05 Julio 2007
Fecha de publicación05 Julio 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31190

Dase por exceptuado al citado Ministerio de lo dispuesto en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto de posibilitar una contratación de personal.

Bs. As., 3/7/2007

VISTO el expediente Nº 1544/07 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Resolución Nº 95 de fecha 31 de enero de 2006 del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1184/01 estableció en el artículo 7º del Anexo I, que el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario.

Que a fin de asegurar y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, es necesario exceptuar de lo establecido en el párrafo precedente, el cual regula el Régimen de Contratación de Personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, a la persona que se designa en el ANEXO I de la presente decisión administrativa.

Que la contratación de la persona propuesta será instrumentada con posterioridad, de conformidad con lo regulado por el Decreto Nº 577/03.

Que la financiación del contrato que se posibilita celebrar por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por exceptuado al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de lo establecido por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona que se detalla en el ANEXO I de la presente decisión administrativa.

Art. 2º -- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la...

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