Decisión Administrativa 262/2011

Fecha de la disposición16 de Mayo de 2011

Lunes 16 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.150 9

Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación del contrato a plazo fijo en los términos del artÃculo 93 de la Ley N'º' 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, suscripto “ad referéndum” del Señor Jefe de Gabinete de Ministros toda vez que el importe mensual del mismo supera la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($' 5.700).

Que la persona cuya contratación se propone, reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N'º' 772 de fecha 29 de julio de 2009, fue aprobada la estructura orgánica funcional de dicho Organismo.

Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que se cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido, provenientes del artÃculo 1'º de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N'º' 134 de fecha 4 de julio de 1996, derogada y reemplazada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N'º' 1105 de fecha 2 de agosto de 2010.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artÃculo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 577/03 y su modificatorio Decreto N'º' 1248/09.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º — Dase por aprobada la contratación a plazo fijo, en los términos del artÃculo 93 de la Ley N'º' 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión, conforme las condiciones, plazo y monto mensual allà consignados.

Art. 2

'º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión, se atenderá con cargo al fondo de Reserva para financiar el funcionamiento de las COMISIONES MEDICAS y OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO, dispuesto en la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N'º' 1105 de fecha 2 de agosto de 2010.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — AnÃbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.

ANEXO Nueva contratación (artÃculo...

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