Decision Administrativa 105/2007

Fecha de disposición03 Mayo 2007
Fecha de publicación03 Mayo 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31147

CONSIDERANDO:

Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/ 02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que, a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de locación de servicios suscriptos, ad-referendum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el Director Nacional Alterno del Proyecto (Préstamo BIRF 4423-AR) y los consultores individualizados en el Anexo I de la presente, conforme a los períodos y montos allí consignados.

Que, previo a dar trámite a las presentes contrataciones, se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577/2003 y su modificatorio Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobados los contratos de locación de servicios suscriptos entre el Director Nacional Alterno del Proyecto (Préstamo BIRF 4423-AR) y los consultores individuales detallados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por los períodos y montos mensuales allí indicados.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Aníbal D. Fernández.

ANEXO I Nombre y Apellido Tipo y Nº de Doc. Vigencia Función y Rango Monto Mensual Dedicación Rodrigo Sebastián LUCHINSKY D.N.I. 26.258.670 09/02/2007 - 31/12/2007 Consultor A, Rango IV $ 4.178,00 Full-Time Verónica Adriana CRISTIANI D.N.I. 25.787.249 01/03/2007 - 31/12/2007 Consultor A, Rango II $ 3.610,00 Full-Time JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 104/2007

Dase por aprobado un contrato suscripto por el titular de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Gabinete y Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 2/5/2007

VISTO el Expediente Nº 129/2007 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 28 de diciembre de 2006, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de esta Jurisdicción y Da. María Virginia ESCUDERO, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en el Visto.

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia del título Universitario o Terciario.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que, por otra parte, en el artículo 2º de la medida citada en el considerando precedente, se establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción, sólo se considerará la...

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