Decisión Administrativa 174/2011

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición28 de Abril de 2011

Jueves 28 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.138 5

Que el Decreto N'º' 601/02 estableció que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N'º' 2345/08.

Que el Decreto N'º' 577/03 (texto modificado por el Decreto N'º' 1248/09) estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N'º' 491/02 y su reglamentación será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($' 5700) y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que mediante el dictado del Decreto N'º' 2345/08 se han establecido las condiciones generales para la instrumentación de contrataciones de personal necesario para la realización de las actividades que complementan las competencias propias de cada Jurisdicción.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de renovación del contrato de la Licenciada MarÃa Fernanda CASCON en la órbita de la DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción, con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2011, siendo que la misma reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que la consultora propuesta ha sido contratada para prestar servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Decreto N'º' 2345/08 hasta el 31 de diciembre de 2010, de acuerdo con lo establecido en la Decisión Administrativa N'º' 234/10, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que...

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