Decision Administrativa 67/2007

Fecha de disposición19 Abril 2007
Fecha de publicación19 Abril 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31138

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Decreto mencionado en el Visto.

Que el artículo 4º, inciso a), del Anexo de la Ley Nº 25.164 requiere ser de nacionalidad argentina para poder ingresar a la Administración Pública Nacional, salvo que el Jefe de Gabinete de Ministros, mediante decisión fundada a pedido de la Jurisdicción solicitante, exceptúe del cumplimiento de tal exigencia.

Que por la Resolución de la Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 48/02 se aprueban las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que sea necesario tramitar la contratación de personas con ciudadanía extranjera.

Que a fin de posibilitar la contratación de la señora NEIMAN, Nicole Vanessa, corresponde exceptuar a la misma de lo dispuesto en el inciso a) del artículo del Anexo de la Ley Nº 25.164.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el inciso a) del artículo del Anexo de la Ley Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por exceptuada a la señora NEIMAN, Nicole Vanessa (D.N.I. Nº 93.132.488) de la restricción contenida en el inciso a) del artículo delAnexo de la Ley Nº 25.164, a los efectos de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Alicia M. Kirchner.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 65/2007

Dase por aprobada una contratación celebrada en el ámbito de la Secretaría de Gestión y Articulación Institucional.

Bs. As., 11/4/2007

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, y el Expediente Nº E-40230-2006 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto se tramita la aprobación de la contratación de la Contadora Verónica Adriana PIÑERO, para desempeñarse en el ámbito de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo con los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto mencionado en primer término del Visto.

Que la Contadora Verónica Adriana PIÑERO, reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04, a los efectos de su equiparación al Grado 6 del Nivel B, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/ 91 (t.o. 1995).

Que por el artículo 1º del referido Decreto Nº 577/03 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente, superior a la suma de pesos TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que la agente en cuestión ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de diciembre de 2006, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que el gasto que demandó la contratación que por la presente se propicia, fue atendido con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el pasado ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades otorgadas por el...

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