Decision Administrativa 1303/2006

Fecha de disposición21 Febrero 2007
Fecha de publicación21 Febrero 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31100

repuestos marca DOWTY, el Ingeniero Raúl BIEGUN concluyó en el informe mencionado que los productos a adquirir deberán ser de la misma marca para garantizar los niveles adecuados de seguridad.

Que es deber prioritario de la Intervención del YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS, sito en la Provincia de SANTA CRUZ, velar por la integridad y seguridad física del personal y la preservación de los bienes del mismo, de acuerdo a las atribuciones que a dicho funcionario asignan el Decreto Nº 1.034 de fecha 14 de junio de 2002 y Nº 810 de fecha 23 de junio de 2004.

Que la necesidad de adquirir exclusivamente los productos y marca de que se trata ha quedado debidamente documentada en los términos del Artículo 25, inciso d) apartado 3) del Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, reglamentado por el Artículo 26, inciso g) del Reglamento para la Adquisición,

Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000, mediante el informe elaborado por el Ingeniero Raúl BIEGUN, donde manifiesta que dicha exclusividad se fundamenta en la necesidad de mantener la homogeneidad de los escudos marchantes, garantizando, de este modo, los niveles de seguridad adecuados.

Que a fojas 78/81 obra cotización por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS (U$S 3.043.400.-).

Que con fecha 27 de mayo de 2005 el Señor Luis DERISIO, Coordinador de lasAreas Operativas de este Yacimiento, prestó acuerdo técnico a los ítems que se ofrecen aclarando además que los mismos se corresponden con el equipamiento y necesidades solicitadas.

Que a fojas 95 se halla agregada nota que la firma JOY MINING MACHINERY dirigió a esta Intervención con fecha 2 de Junio de 2005, de donde surge que la firma DOWTY MECO se fusionó en el año 1993 con la firma GULLIK DOBSON constituyendo LONGWALL INTERNACIONAL, compañía esta última que fue adquirida a su vez por la firma mencionada en primer término.

Que en la nota citada en el considerando precedente se confirma que LONGWALLINTERNATIONAL posee el TREINTA Y TRES POR CIENTO (33 %) del capital accionario de EQUIMIN, compañía mexicana representante de ventas y fabricante de los equipos de la firma JOY MINING MACHINERY; así también que PATRICIO PALMERO SOCIEDAD ANONIMA está autorizada a actuar como representante de ventas de esta última firma en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que, en base a la oferta de PATRICIO PALMERO SOCIEDAD ANONIMA --presentada...

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