Decision Administrativa 1301/2006

Fecha de disposición20 Febrero 2007
Fecha de publicación20 Febrero 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31099

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 1301/2006

Apruébase, como excepción a lo establecido por el Artículo 7º del anexo I del Decreto Nº 1184/2001, la enmienda de un contrato de locación de servicios aprobado por Resolución Nº 195/2006.

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el expediente Nº E-46623-2006 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 577 del 07 de Agosto de 2003 y Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, la Resolución MDS Nº 195 del 23 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:

Que a la Sra. GONZALEZ CENDRA, Mariela, DNI Nº 21.093.990, se le han encomendado tareas que conllevan modificaciones respecto de sus funciones.

Que atento a la nueva función que cumple como Coordinador General Rango II, se hace necesaria la modificación del Contrato de Locación de Servicios aprobado por Resolución MDS Nº 195 del 23 de enero de 2006, con el objetivo de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto Nº 577 del 07 de Agosto de 2003, se establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-).

Que en dicha previsión normativa quedan incluidos los contratos de locación de servicios personales celebrados en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1184/01, los contratos de locación de obra intelectual prestados a titulo personal encuadrados en los Decretos Nº 1023/01 y Nº 436/00 y los contratos regidos por la Ley Nº 25.164, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.

Que, por su parte, mediante el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo 1º del referido Anexo I, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.

Que a fin de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que efectúa el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, es necesario proceder a la...

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