Decisión Administrativa 1142/2010

EmisorMinisterio de Agricultura, Ganaderia y Pesca
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2011

Miércoles 23 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.098 7

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la agente que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del ArtÃculo 9'º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N'º' 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C el requisito de tÃtulo universitario de grado correspondiente a carreras de duración no inferior a CUATRO (4) años, de acuerdo a la función o puesto a desarrollar.

Que el último párrafo del ArtÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto, II) del inciso c) del citado artÃculo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crÃtica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la agente mencionada en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crÃtica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la agente que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del ArtÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la agente detallada en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida de los requisitos establecidos en el ArtÃculo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N'º' 2098/08, para el Nivel C.

Que los ArtÃculos 7'º y 9'º del Anexo a la Ley N'º' 25.164, reglamentada por el Decreto N'º' 1421/02 y la Resolución N'º' 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y caracterÃsticas de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los ArtÃculos 9'º y 14 del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N'º' 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la...

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