Decisión Administrativa 252. Relevamiento de Equipamientos Tecnológicos, Redes de Comunicaciones y Datos y Estructuras de Funcionamiento en Centro de Procesamiento de Datos.

Fecha de disposición31 Marzo 2016
Fecha de publicación31 Marzo 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 252/2016

Relevamiento de Equipamientos Tecnológicos, Redes de Comunicaciones y Datos y Estructuras de Funcionamiento en Centro de Procesamiento de Datos.

Bs. As., 30/03/2016

VISTO el Expediente N° 4681/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 856 de fecha 22 de julio de 1998, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 280 de fecha 16 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la modificación de la Ley de Ministerios mencionada en el Visto, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene asignadas atribuciones de coordinación y contralor de las actividades de los diferentes Ministerios, realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia.

Que asimismo la normativa mencionada establece que corresponde a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS intervenir en los planes de acción de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados.

Que a su vez, compete al MINISTERIO DE MODERNIZACION entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos técnicos con que cuenta, como así también intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnología de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de la información, y en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada.

Que, por el artículo 5° del Decreto N° 856 de fecha 22 de julio de 1998 se establece que los organismos de la Administración Nacional, tanto Centralizada como Descentralizada, deben suministrar a la entonces SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para su intervención y opinión, toda la información relativa a sus proyectos de adquisición o arrendamientos de bienes y servicios de carácter informático y sus comunicaciones asociadas, antes de proceder a la respectiva convocatoria a presentar ofertas y con...

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