Decisión Administrativa 1045/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2011

Miércoles 2 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.083 6

Que por el artÃculo 9'º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP N'º' 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artÃculo 9'º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'º' 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º del Anexo I al Decreto N'º' 1421/02.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02, reglamentario del Decreto N'º' 491/02.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de septiembre de 2010, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º' 26.546.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artÃculo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 y del Decreto N'º' 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º â Dase por aprobado con efectos al 1 de septiembre...

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