Decisión Administrativa 992/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición21 de Enero de 2011

Viernes 21 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.075 5

N'º' 2345/08, cuya prestación resulta necesaria para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada SecretarÃa.

Que por el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 577/03 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N'º' 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente, superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($' 5.700).

Que en la contratación propiciada en la presente se configura el supuesto previsto en la norma citada precedentemente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02 reglamentario del Decreto N'º' 491/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular SLyT N'º' 4/02.

Que el consultor de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1'º de julio de 2010, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación de la contratación que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º' 26.546.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artÃculo 100, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 577/03 y sus modificatorios.

Por ello:

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º â Dase por aprobada a partir del 1'º de julio de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, la contratación suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de...

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