Decisión Administrativa 976/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición19 de Enero de 2011

Miércoles 19 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.073 5 % 5 % SERVICIOS PUBLICOS Decreto 35/2011

DesestÃmase un recurso interpuesto contra la Resolución N'º' 96/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS).

Bs. As., 12/1/2011

VISTO el Expediente N'º' 14.702/04 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N'º' 1759/72 T.O. 1991, y CONSIDERANDO:

Que en el Expediente mencionado en el Visto tramita el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución N'º' 96 de fecha 28 de junio de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que a través de la mencionada Resolución, el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) resolvió aplicar a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA una multa de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($' 134.457) por considerarla incursa en vulneración a las prescripciones del Numeral 13.10.5, sexto supuesto del Contrato de Concesión, al no haber remitido al entonces Ente Regulador la documentación solicitada.

Que por la misma Resolución se intimó a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA a depositar el importe de la multa aplicada en el ArtÃculo 1'º, por ante la TesorerÃa del AREA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS dependiente del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), dentro de los DIEZ (10) dÃas de notificada y bajo apercibimiento de no admitirse la procedencia formal de los recursos que eventualmente dedujere.

Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA interpuso recurso de reconsideración y alzada en subsidio contra la Resolución N'º' 96 de fecha 28 de junio de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que el recurrente basa formalmente sus impugnaciones en lo dispuesto por los ArtÃculos 68 del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N'º' 999 de fecha 18 de junio de 1992 y 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N'º' 1759/72

T.O. 1991, sustentando su posición en los fundamentos que surgen del escrito de fojas 3066/3078 del Expediente mencionado en el Visto.

Que mediante la Resolución N'º' 379 de fecha 21 de noviembre de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) se rechazó por improcedente, el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, contra la Resolución N'º' 96 de fecha 28 de junio de 2006, del entonces Ente Regulador, ratificándose la misma en todas y cada una de sus partes.

Que en atención a que la ex Concesionaria no ha observado la obligación que le impone el Numeral 13.6.4 del Contrato de Concesión, modificado por la Resolución N'º' 601 de fecha 8 de julio de 1999 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION, recurriendo la Resolución N'º' 96 de fecha 28 de junio de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), sin acreditar el previo cumplimiento de la sanción impuesta; se considera que la desestimación del recurso importa la improcedencia del mismo, ya que adolece de ciertos requisitos que hacen imposible la continuidad de su sustanciación.

Que en el Anexo al ArtÃculo 1'º del Decreto N'º' 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada SubsecretarÃa, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el ArtÃculo 99 Inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, el ArtÃculo 94 del Reglamento de...

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